Con 57 votos, diputados avalan modificar el artículo 208 para eliminar cuotas partidarias y priorizar meritocracia y despartidización en el organismo electoral.
EL SALVADOR.- Con 57 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó un acuerdo de reforma constitucional a los incisos 1° y 3° del artículo 208 de la Constitución, a iniciativa de diputados del grupo parlamentario Nuevas Ideas, con el objetivo de modificar el mecanismo de elección de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
La reforma plantea un cambio estructural en la integración del TSE. Se elimina el esquema que otorgaba a los partidos políticos mayoritarios el derecho de proponer ternas para magistrados, sustituyéndolo por un modelo basado en procesos públicos y criterios de meritocracia.
De acuerdo con el nuevo texto, tres de los cinco magistrados serán elegidos a partir de un proceso general y público desarrollado por la Asamblea Legislativa, mientras que los otros dos serán seleccionados de ternas propuestas por la Corte Suprema de Justicia, con el respaldo de al menos dos tercios de los diputados.
Asimismo, todos los aspirantes deberán cumplir requisitos equivalentes a los exigidos para magistrados de la Corte Suprema de Justicia y no tener afiliación partidaria, reforzando el principio de despartidización institucional.
En cuanto a la presidencia del organismo, la reforma establece que el magistrado presidente será electo directamente por la Asamblea Legislativa, eliminando la disposición anterior que otorgaba esa facultad al partido con mayor votación en la última elección presidencial.
Según la exposición de motivos, la iniciativa busca garantizar la independencia judicial, evitar cuotas partidarias y fortalecer la legitimidad democrática de los funcionarios de segundo grado, en línea con criterios establecidos por la Sala de lo Constitucional.
Los legisladores argumentaron que la normativa vigente permitía una “vinculación material” de los magistrados con partidos políticos, lo que podía comprometer la imparcialidad del ente electoral.
La reforma será estudiada en Comisión y posteriormente ratificada para entrar en vigencia, conforme al procedimiento establecido en el artículo 248 de la Constitución.

