El congreso avala que la diáspora pueda trasladar su domicilio a El Salvador de manera temporal


Estas son las tres reformas a la Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales Destinados al Favorecimiento de la Repatriación de Salvadoreños.

EL SALVADOR.- Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron reformar la Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales Destinados al Favorecimiento de la Repatriación de Salvadoreños (vigente desde el 9 de noviembre de 2023), con el objetivo de continuar ofreciendo beneficios a la diáspora que desee regresar al país.

«Esta reforma está dirigida a todos aquellos salvadoreños que residen en cualquier país del mundo y que desean retornar al país que les ha visto nacer», sostuvo la diputada Sandra Interiano durante la sesión plenaria de este marte.

Esta normativa, hasta noviembre de 2024, ha beneficiado a 468 familias, «lo que significa un ahorro de más de $3 millones en exoneración de impuestos», reportó Interiano.

«Este tema es una política de gobierno que está enfocada en el tema de migración a la inversa», dijo el director de Aduanas, Benjamín Mayorga, quien llegó a la Comisión de Hacienda a explicar las reformas.

La primera reforma al artículo 1 y 2 de la normativa, es que no se exija como único requisito el domicilio de forma permanente sino también temporal, debido a que, «mucha población desea venir a vivir a El Salvador pero por cuestiones de ciudadanía (estadounidense) tienen que estar visitando Estados Unidos», dijo Mayorga. Esto con el objetivo de que los salvadoreños no pierdan su condición migratoria en su país de residencia.

La segunda reforma, al artículo 5, es exonerar de DAI, IVA e impuestos a la primera matrícula de dos vehículos de tipo liviano que se exporte por grupo familiar para uso particular. También, se permitirá la importación de vehículos en buen estado que se hubieren reparado; y se elimina el requisito de adquisición de seis meses prevista a la importación. Asimismo, la diáspora podrá traer sus muebles y accesorios del hogar libres de impuestos por un valor de hasta $70 mil.

Y la tercera reforma al artículo 8, respecto a los elementos procesales, que las personas puedan realizar de forma personal o por medio del apoderado el trámite. Y habilitar el uso de la firma electrónica de los diferentes formularios de las instituciones que se van a ocupar.