El caso había sido anulado en 2021, pero un nuevo juicio confirmó la responsabilidad de los acusados tras la presentación de abundante prueba del crimen.
EL SALVADOR.- El Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador, juez tres, condenó a 160 años de prisión a cinco miembros de la MS-13 por el asesinato agravado de cuatro soldados de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), ocurrido el 10 de octubre de 2016 en la colonia Vista al Lago, Ilopango.
Los condenados fueron identificados como José David Rodríguez Ortiz, alias “Macaco”; José Alberto Mejía Clímaco, alias “Black”; Numan Ariel Rodríguez Villanueva, alias “Maligno”; Miguel Ángel Barrientos, alias “Woody”; y Bismarck Eliseo Medrano Ayala. A cada uno se le impusieron 40 años por cada víctima, sumando 160 años de cárcel.
El crimen: interceptados, torturados y asesinados
Ese día, los soldados Leonidas Morales, Nelson Díaz, Saúl Turbín Gómez y Wilfredo Pérez se dirigían hacia las instalaciones del Comando de Fuerza Aérea Salvadoreña (FAS), en Ilopango, para recibir capacitaciones. Sin embargo, al no conocer la zona, abordaron por error un microbús de la ruta 29-A, que los llevó hacia el punto de la colonia Vista al Lago.
En el lugar, pandilleros que vigilaban el ingreso y salida de personas y el movimiento del transporte público los identificaron como militares, los privaron de libertad, los trasladaron a la casa comunal y los asesinaron “con lujo de barbarie”, según la acusación fiscal.
Un testigo criteriado declaró que el crimen fue cometido de esa manera para que los soldados “sintieran lo que ellos sentían cuando agarraban a pandilleros”.
Posteriormente, las víctimas fueron enterradas en una fosa clandestina, junto a otros cuerpos localizados en la zona, de acuerdo con informes de la Policía Nacional Civil.

Reversión de absolución y repetición del juicio
El caso tuvo un proceso judicial extenso. El 3 de diciembre de 2021, el Juzgado Especializado de Sentencia “A” de San Salvador absolvió a 32 supuestos pandilleros, incluidos los ahora condenados, al considerar insuficiente la prueba presentada.
Sin embargo, tras una apelación de la Fiscalía, la Cámara Especializada de lo Penal de Santa Tecla anuló esa resolución el 23 de febrero de 2023 y ordenó repetir el juicio, al determinar que la sentencia absolutoria carecía de fundamentación jurídica.
En el nuevo proceso, el juzgador destacó la existencia de abundante prueba periférica y señaló que se trataba de un crimen que generó gran conmoción social, razones por las cuales se dictó la condena actual.



