Se eliminan las penas por la difusión de símbolos de estructuras delincuenciales en medios de comunicación. Sin embargo, se mantiene la ilegalidad de estos símbolos.
SAN SALVADOR.- Con dispensa de trámites, la Asamblea Legislativa derogó el inciso segundo del artículo 345-C del Código Penal, el cual sanciona con prisión de 10 a 15 años a quienes por medio del uso TIC, medios de comunicación radial, televisivo, escrito o digitales, “reproduzcan y transmitan mensajes o comunicados originados o presuntamente originados” por grupos delincuenciales.
“El Plan Control Territorial, reforzado por las reformas al Código Penal y Procesal Penal, tiene resultados contundentes en el tema de seguridad para nuestro país. Estamos ganando la Guerra Contra Pandillas, hemos recuperado los territorios que eran dominados por estos grupos delictivos que hicieron tanto daño a los salvadoreños”, dijo al respecto el diputado Walter Coto.
Los legisladores aprobaron la pieza sobre la reforma a la Ley de Proscripción de Maras, Pandillas, Agrupaciones, Asociaciones y Organizaciones de Naturaleza Criminal para despenalizar la difusión de mensajes creados por pandillas en medios de comunicación.
Sobre este tema el diputado Caleb Navarro explicó que cuando se aprobaron las reformas se iniciaba la con la denominada guerra contra las pandillas: “había esta situación de zozobra y muchos hechos violéntenos a nivel nacional por estas estructuras que puso en riesgo a la población. Ahora es necesario e importante hacer esta reforma, ya que el Plan Control Territorial y el régimen de excepción y todas las acciones encabezadas por el presidente Nayib Bukele el plan de seguridad está dando resultados tenemos más de 70 mil pandilleros en prisión. Ya nos las mismas condiciones que generó esta reforma”.