La comisión también emitió dictamen favorable a reformas al código penal para incrementar penas en delitos relacionados al patrimonio.
EL SALVADOR.- La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia emitió dictamen favorable sobre las reformas al Código Penal relativa a la actualización de conceptos, los incrementos de penas, y la incorporación de nuevas figuras delictivas para facilitar el trabajo de la fiscalía general de la República, FGR, en la persecución de delitos de corrupción.
Previo a la votación los legisladores recibieron al fiscal general, Rodolfo Delgado: “Nos complace mucho esta iniciativa presidencial para que se realice la actualización normativa de todo lo que se refiere a al combate de la corrupción. Todas aquellas figuras delictivas que están comprendidas en el Código Penal y que desde hace mucho tiempo necesitaban una actualización normativa”.
En cuanto al artículo 2 de la propuesta conlleva una un incremento en las penas “de tal manera de que la administración del señor presidente Nayib Bukele ha considerado de que la corrupción es un es un flagelo que hay que combatir con firmeza y está incrementando las penas de los artículos comprendidos en el artículo 320, los actos arbitrales, el 321 el incumplimiento de deberes, el 322 la desobediencia y el 323 la denegación de auxilio y la revelación de hechos, actuaciones o documentos secretos por empleado oficial”.
“La reforma propuesta estamos totalmente de acuerdo como como fiscales, ya que nos proporcionan las herramientas necesarias para realizar nuestra labor, mediante esta modificación se están incorporando los conceptos de funcionario público, autoridad pública, empleado público, servidor público y agente de autoridad en cada una de esas figuras delictivas”, declaró el fiscal general, Rodolfo Delgado.

A diferencia de las redacciones anteriores en las cuales algunos artículos solamente se tenía la calidad de funcionario público, autoridad pública o empleado público en algunos delitos y en otros era necesario ser agente de autoridad.
Agregó que “se están equiparando y todas las conductas reguladas en este capítulo, básicamente se puede realizar investigaciones en contra de cualquier persona que preste sus servicios en la administración pública. Y en cualquiera de los tres órganos de estado, que es lo más importante. También todos los delitos se están equiparando a delitos de naturaleza grave, ya que en todos ellos se están incrementando las penas”
Dijo que era una deuda que existía en administraciones anteriores, “ya que algunos de estos delitos el umbral inferior no superaba los 3 años, incluso llegando al absurdo de que algunos de ellos eran sancionados con días multa.”
En cuanto al peculado, se ha realizado un incremento de penas en este momento la pena mínima de este delito es de 6 años y “dependiendo de la cuantía del del del dinero sustraído a beneficio propio del funcionario o empleado público, agente de autoridad, servidor público o de un tercero puede llegar hasta los 15 años de prisión“
“Las negociaciones ilícitas sí, para nosotros es una novedad y consideramos que esta redacción es la más adecuada, ya que involucra todas las etapas de los procesos de adquisición y contratación de obras, bienes, servicios o consultaría de las instituciones de la administración pública”, declaró el fiscal general, Rodolfo Delgado.
En ese sentido dijo que la reforma atañe a los particulares, “no solamente se castiga a los a los funcionarios, servidores públicos que están involucrados en el proceso de contratación de la administración pública, sino que también a los corruptores, a todos aquellos que andan proponiendo la facilitación de algún negocio, ya sea que ellos tengan algún interés o bien estén presentándose ante terceros para poder supuestamente allanar el camino y obtener una contratación con el Estado”.
“Las penas también sufren un elemento y en la actualidad se está llegando a una sanción hasta los 20 años de prisión para todos aquellos servidores que eventualmente se vean involucrados en este tipo de conducta delictiva”, dijo.
Algunas de las nuevas penas:
- Enriquecimiento ilícito: hasta 15 años de prisión
- Peculado: hasta 15 años de cárcel
- Peculado por culpa: 9 años de presión
- Concusión: 6 años de cárcel
- Negociaciones ilícitas: de 12 a 15 años de prisión
- Exacción: de 3 a 6 años de cárcel
- Cohecho propio: 6 a 9 años de cárcel
- Cohecho impropio: de 3 a 6 años de cárcel
- Malversación: 15 años de prisión
- Tráfico de influencias de 6 a 9 años de cárcel.
- Testaferro o uso consentido de uso de nombre: de 3 a 6 años de prisión
La comisión también emitió dictamen favorable a reformas al código penal para incrementar penas en delitos relacionados al patrimonio. Dictamen aprobado incluye nueve nuevos artículos que no estaban en la propuesta original.
También emitieron dictamen:
Código Procesal Penal, con el propósito de modificar el plazo máximo de duración de la medida cautelar de la detención provisional
Código Penal, a fin de ajustar la normativa penal para asegurar las libertades fundamentales y lograr un descongestionamiento de los tribunales.
La modificación al artículo 128 que regula la pena de prisión para las personas condenadas por cometer homicidio simplemente pasa de 20 y 26 años de prisión
Incrementan las penas para los delitos de privación de libertad de 3 a 8 años, violación de 10 a 16 años, violación en menor o incapaz de 18 a 26 años, agresión sexual en menor incapaz,de 10 a 15 años y estupro de 5 a 13 años.
Código Procesal Penal, para establecer modificaciones respecto a las responsabilidades civiles de quienes resulten condenados en un proceso penal.