Reforma penal elimina beneficios, medidas alternas a la detención y establece juicios exprés para delitos graves


La reforma crea un procedimiento especial más ágil para delitos graves, elimina beneficios penitenciarios, impide la prescripción y habilita penas perpetuas.

EL SALVADOR.- La Asamblea Legislativa aprobó una reforma al Código Procesal Penal enviada por el Ejecutivo, con 57 votos a favor, que introduce un procedimiento especial para delitos de extrema gravedad.

La iniciativa se sustenta en la reciente reforma al artículo 27 de la Constitución, que habilita la aplicación de penas perpetuas para delitos como homicidio (simple y agravado), feminicidio (simple y agravado) y violación en sus distintas modalidades.

Procedimiento especial y juzgados exclusivos

La reforma incorpora un “Procedimiento Especial para Delitos de Extrema Gravedad”, que busca ser más ágil, eficaz y centrado en la víctima, sin dejar de lado el debido proceso y la presunción de inocencia.

Además, se crean los Juzgados de lo Criminal, que tendrán competencia exclusiva para conocer estos casos, incluyendo procesos contra adultos y menores de edad. También se contempla la creación de Cámaras de lo Criminal para atender impugnaciones.

Endurecimiento de medidas y plazos

Entre los cambios más relevantes:

  • No habrá límite máximo de detención provisional en estos casos, quedando sujeta a la duración del proceso.
  • No prescribirá la acción penal para una amplia lista de delitos graves, incluyendo homicidio, violación, terrorismo, secuestro y corrupción.
  • Se eliminan medidas alternas a la detención para delitos como homicidio, feminicidio, secuestro, extorsión y delitos sexuales.
  • No se otorgarán beneficios penitenciarios como libertad condicional a los condenados bajo este procedimiento.

Plazos procesales más rápidos

El nuevo esquema establece tiempos más cortos:

  • La Fiscalía podrá presentar acusación tras la investigación en el menor tiempo posible.
  • En casos con detenidos, tendrá hasta 12 meses para acusar, prorrogables por otro período igual.
  • La audiencia de juicio deberá realizarse en un máximo de 30 días tras la acusación.

El procedimiento será aplicado a delitos como homicidio, feminicidio y violación, y permitirá incluso procesar a imputados ausentes, solicitando su detención provisional.

La reforma entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.