Asamblea da luz verde a cambios al Código Penal y Leyes especiales para aplicar cadena perpetua


Las reformas abarcan el Código Penal, la Ley Antiterrorista, la Ley contra la Violencia hacia la Mujer y la Ley Penal Juvenil.

EL SALVADOR.- La Asamblea Legislativa aprobó la armonización de cuatro normativas secundarias para hacer efectiva la cadena perpetua, ratificada este mismo día mediante reforma constitucional.

Las modificaciones alcanzan el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y la Ley Penal Juvenil.

Reformas al Código Penal

En el Código Penal se reforman 10 artículos, entre ellos el 128, 129, 158, 159 y 162, para imponer prisión perpetua en delitos como homicidio simple y agravado, violación, violación en menor o incapaz y agresión sexual agravada.

Además, se incorpora el artículo 85-A, que establece la posibilidad de libertad controlada tras cumplir el plazo correspondiente según el delito.

Revisión de la pena

Los artículos 92-B y 92-C regulan la revisión obligatoria de la prisión perpetua, la cual se realizará tras:

  • 25 años, si el delito fue cometido por un menor
  • 30 años, si se trata de un solo delito
  • 35 años, en caso de múltiples delitos
  • 40 años, cuando exista agravante o extrema gravedad

Un juez evaluará si el condenado puede reinsertarse en la sociedad antes de otorgar cualquier beneficio.

Cadena perpetua para pandillas

Se incorpora el artículo 344-A, que establece prisión perpetua para miembros de organizaciones terroristas, como las pandillas.

En cuanto a los cómplices, la reforma introduce cambios clave. El artículo 66 establece que, en delitos sancionados con prisión perpetua, las penas para los cómplices ya no estarán limitadas a dos tercios de la pena máxima, como ocurría antes.

En su lugar, se dispone que:

  • La pena para cómplices se fijará desde la mitad del plazo hasta el periodo previsto para la primera revisión de la prisión perpetua, según lo establecido en el artículo 92-B.
  • En el artículo 66 se incorpora un inciso final, para que los cómplices en delitos sancionados con prisión perpetua reciban la misma pena que los autores. 
  • Enotros casos se impondrá prisión perpetua al cómplice, pero sí sanciones significativamente más altas que en el régimen anterior.

Además, en los casos de delitos en grado de tentativa, cuando la sanción aplicable sea la prisión perpetua, la pena se establecerá desde la mitad del plazo hasta el tiempo fijado para la primera revisión de la condena.

Cambios en ley contra violencia hacia la mujer

Se reforman los artículos 45 y 46 de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, imponiendo cadena perpetua para feminicidio y feminicidio agravado, en sustitución de penas de hasta 50 años.

Impacto en menores de edad

La Ley Penal Juvenil también es modificada. Con la reforma, menores de entre 12 y 18 años podrán recibir prisión perpetua por delitos graves como homicidio, feminicidio, violación o pertenencia a pandillas.

La revisión de la condena para menores será obligatoria tras 25 años de reclusión.

Asimismo, se excluye a adolescentes vinculados a estructuras criminales de los procesos ordinarios de justicia juvenil, permitiendo su juzgamiento en regímenes especiales.

Endurecimiento por terrorismo

La Ley Especial contra Actos de Terrorismo amplía la definición de organizaciones terroristas. A partir de la reforma, se considerarán como tales aquellos grupos con estructura y jerarquía que empleen métodos violentos o inhumanos con el fin de infundir terror, generar alarma o afectar derechos fundamentales de la población, incluso cuando busquen atribuirse funciones propias del Estado.

Con esta ampliación, se facilita la aplicación de esta categoría a más estructuras criminales, lo que conlleva sanciones más severas.

Las penas aumentan a:

  • 20 a 30 años para miembros
  • 40 a 60 años para líderes o cabecillas

Según el dictamen legislativo, estas reformas buscan garantizar los principios de legalidad, proporcionalidad, seguridad jurídica y defensa social.

Las disposiciones entrarán en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.