El ministro de Hacienda dijo que estarían “otorgando algunos beneficios tributarios que nos hagan más competitivos a nivel internacional y podemos atraer esta inversión extranjera directa”.
SAN SALVADOR. La Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto avaló el dictamen favorable a la iniciativa del Ejecutivo con relación al régimen especial para incentivar y facilitar las inversiones de alto valor; aplicable a inversiones de una cuantía igual o mayor a $2,000 millones, en inversión; o en patrimonio, para el desarrollo de cualquier actividad económica.
“Nuestro país cada vez inclina más al desarrollo de negocios que compitan a nivel multinacional, lo que implica multimillonarias inversiones de capital. Por lo anterior, adoptar medidas fiscales que incentivan la atracción de inversiones se vuelve indispensable”, dijo el ministro de Hacienda, Jerson Posada.
Dijo que estarían “otorgando algunos beneficios tributarios que nos hagan más competitivos a nivel internacional y podemos atraer esta inversión extranjera directa”.
En ese sentido, explicó que busca establecer medidas tributarias especiales para fomentar y facilitar el desarrollo, traslado y establecimiento de inversiones de alto valor en El Salvador, “solo aplica a nuevas inversiones. Esto no aplica a inversiones ya existentes en el país, sino que básicamente para el traslado y el establecimiento de nuevas inversiones”.

¿Cuáles son los montos a los cuales les estarían aplicando el incentivo?
Aquellas inversiones iguales o mayores a $2,000 millones o que tengan un patrimonio igual o mayor para el desarrollo de cualquier actividad económica.
Dijo que no van a beneficiar ningún empresario nacional: “no existe en el país ni por cerca una empresa, una institución que tenga un capital o un patrimonio de esta cantidad. Estamos buscando que vengan grandes empresas al país, que vengan a invertir aquí al país, que traigan empleo, que traigan capitales y que ese capital circule en la economía y actualmente no tenemos, no hay ninguna empresa nacional o que ya opere en el país que alcance ni la mitad de ese monto”.
¿Cuáles son los sujetos beneficiarios?
El goce de incentivos tributarios, según las presentes disposiciones se concede a los inversionistas cuando sean titulares de nuevas inversiones de alto valor que se establezcan en el país y que además se trasladen del extranjero al territorio nacional.
¿Cuáles son los beneficios que se estarían otorgando?
Exención total del impuesto sobre la renta respecto a utilidades, dividendos regalías, rentas, ingresos, ganancias de capital o todo tipo de beneficios económicos. Asimismo, la exoneración en la aplicación de retenciones en la cuenta del impuesto sobre la renta.
“Por lo tanto, no estarán obligados estas empresas a declarar y enterar el pago o anticipo a cuenta por dichos rubros”, dijo el titular de Hacienda.
Asimismo, la exención total del impuesto sobre transferencia de bienes raíces, en la compra de bienes inmuebles que se utilizarán en el desarrollo de sus actividades económicas, es decir, que “no pagarán el impuesto de transferencia de bienes y raíces por las propiedades que compren para establecerse sus operaciones aquí en el país”,
Exención total de impuestos municipales sobre el activo neto declarado y exención total del pago de derechos arancelarios a la importación de impuestos que graven la importación de bienes, maquinarias, equipos y herramientas indispensables para el desarrollo de sus actividades.
Es decir, que “estarán exentos también de los aranceles para toda la maquinaria y equipo que utilicen en su operación cuando se trasladen al país.
¿Cuáles son los pasos que tienen que seguir estos inversionistas o estas empresas para aplicar a estos beneficios?
Si es persona jurídica, unión de personas cualquier otro sujeto de derecho: los atestados que comprueben que están legalmente constituidos de conformidad con las leyes del país en que se constituyeron, debidamente apostillados legalizados para efectos de inscribirlos en el registro de comercio.
Certificación de los estados financieros o balance inicial autorizado por contador público en el país, según sea el caso, del inversionista extranjero o de la sucursal que refleja el monto de la inversión y demostrar el traslado de la inversión o del patrimonio al país que cumpla con los criterios establecidos.
Además, debe manifestar disposición de someterse a las leyes, tribunales y autoridades de nuestro país.
Para el goce de los incentivos tributarios, tienen que inscribirse en el registro de contribuyentes que lleva la administración tributaria, el registro de contribuyentes que tiene el ministro Ministerio de Hacienda, donde todo contribuyente se registra.
Presentar un inscrito a la Dirección General de Impuestos Internos dentro del plazo de 30 días calendario posteriores al inicio de sus operaciones con toda la información requerida y el control de las inversiones y del régimen tributario.
Le corresponderá al Ministerio de Economía, la vigilancia y el control efectivo del régimen aduanero y fiscal le corresponderá al Ministerio de Hacienda a través de las Direcciones Generales de Aduanas la Dirección General de Impuestos Internos y de Tesorería.
“Este es un un decreto bastante importante, en el país que creemos que va a venir a dinamizar mucho la actividad económica, va a tener un impacto pacto en el crecimiento económico nos vuelve mucho más competitivos en la región porque estamos otorgando un beneficio para que todas estas nuevas inversiones puedan trasladarse al país eximiéndolo de todos estos impuestos”, expresó.
“Lo que buscamos es que ese tipo de empresas vengan al país, traigan personal técnico, traigan tecnología, que nos beneficien con todo ese capital, que vengan a beneficiar con ese derrame económico que pueden traer y también con el tema de transferencia de tecnologías, transferencia de conocimiento y que tenga un impacto en el crecimiento eh económico del país”, dijo.




