Las modificaciones buscan regular los sucedáneos de la leche materna, fortalecer el control sanitario y evitar mensajes que desincentiven la lactancia.
EL SALVADOR.- Los diputados de la Comisión de Niñez e Integración Social de la Asamblea Legislativa de El Salvador emitieron dictamen favorable para reformar la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, vigente desde 2022.
La decisión se tomó tras escuchar a representantes del Ministerio de Salud de El Salvador y a la jefa de Salud y Nutrición del Despacho de la Primera Dama, Elisa Gamero, quienes impulsan los cambios al marco legal.
Gamero destacó que la lactancia materna en el país ha aumentado del 45 % al 68 % y se ha reducido la mortalidad infantil, aunque señaló que aún persisten retos en indicadores como el sobrepeso y la obesidad infantil.
Reformas
Entre las principales reformas, se plantea que el Ministerio de Salud no solo emita el registro sanitario de los sucedáneos de la leche materna, sino que también autorice sus etiquetas bajo estándares específicos.
Asimismo, se busca definir con mayor claridad qué productos son considerados sucedáneos, incluyendo fórmulas infantiles, productos lácteos o vegetales, bebidas e incluso agua dirigida a niños de cero a 36 meses o más.
Las reformas también establecen que las regulaciones se extiendan a biberones, pachas y chupetes, como parte de un enfoque integral de protección a la lactancia materna.
En cuanto al etiquetado, se propone prohibir elementos que desalienten la lactancia materna o que sugieran beneficios superiores a esta, incluyendo imágenes, textos o declaraciones que puedan inducir a sustituirla.
Además, se refuerzan las restricciones al establecer que no se podrá promover ni publicitar el uso de sucedáneos en centros de salud, salvo en casos permitidos por la ley.
Las modificaciones también contemplan sanciones por incumplimientos en el etiquetado y regulan el proceso administrativo para investigar posibles infracciones.
De aprobarse en el pleno, el decreto entraría en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

