La Comisión pidió al Estado cesar el aislamiento, garantizar contacto con familiares y abogados, revisar la prisión preventiva y asegurar atención médica adecuada.
EL SALVADOR.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 22 de septiembre de 2025 las Resoluciones 66/2025 y 67/2025, mediante las cuales otorgó medidas cautelares a favor de Ruth Eleonora López Alfaro y Salvador Enrique Anaya Barraza, tras considerar que ambos se encuentran en situaciones de gravedad y urgencia, con riesgo de sufrir daños irreparables a su vida, integridad personal y salud.
Caso de Ruth Eleonora López Alfaro
López, jefa de la Unidad de Justicia y Anticorrupción de la Fundación Cristosal, se encuentra privada de libertad desde el 18 de mayo de 2025 y, desde el 4 de julio, permanece en el Centro Penitenciario para Mujeres, Granja de Izalco, en estado de incomunicación absoluta, sin acceso a sus familiares ni representantes legales. La CIDH destacó que su situación es preocupante debido a sus padecimientos crónicos y su labor como defensora de derechos humanos, que incluye acciones de alto interés público y denuncias sobre corrupción y justicia.
El Estado salvadoreño informó que la beneficiaria recibe alimentos, paquetes de higiene y atención médica, y participa en actividades dentro del penal. No obstante, la Comisión solicitó que se:
- protejan sus derechos a la vida, integridad personal y salud;
- cese la incomunicación y se garantice contacto regular con familiares y abogados;
- se revise la continuidad de la prisión preventiva y se consideren medidas alternativas;
- se adopten medidas en consulta con la beneficiaria y sus representantes;
- se investiguen los hechos que dieron origen a la resolución, incluidos los relacionados con su labor como defensora de derechos humanos.
Caso de Salvador Enrique Anaya Barraza
El mismo día, la CIDH adoptó la Resolución 67/2025, otorgando medidas cautelares a Salvador Enrique Anaya Barraza, abogado constitucionalista, catedrático y crítico del actual gobierno de El Salvador, detenido desde el 7 de junio de 2025 en condiciones de incomunicación, sin que sus familiares ni abogados conozcan sus condiciones de detención o estado de salud, pese a decisiones judiciales favorables en materia de atención médica. La Comisión resaltó que Anaya, como adulto mayor, requiere una protección reforzada.
El Estado indicó que Anaya tiene permitido recibir alimentos especiales, acceso a defensa técnica y atención médica, y que no se ha demostrado riesgo directo a su integridad. Aun así, la CIDH solicitó:
- proteger sus derechos a la vida, integridad personal y salud;
- cesar la incomunicación y garantizar contacto con familiares y abogados;
- asegurar tratamiento médico adecuado y oportuno;
- revisar la prisión preventiva y considerar medidas alternativas;
- coordinar medidas con el beneficiario y sus representantes;
- investigar los hechos relacionados con su situación y su actividad como defensor de derechos humanos.
La CIDH aclaró que el otorgamiento de medidas cautelares no constituye prejuzgamiento sobre posibles violaciones a derechos humanos ante el Sistema Interamericano.
La Comisión Interamericana es un órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), integrado por siete miembros independientes, y tiene el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región.
