Las modificaciones establecen cómo serán distribuidos los votos emitidos desde el exterior, habilitan coaliciones partidarias en la diáspora y permiten a salvadoreños residentes fuera del país optar a cargos de elección popular.
EL SALVADOR.- La Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley de Partidos Políticos con el objetivo de incorporar oficialmente la circunscripción en el extranjero dentro de los procesos internos de los institutos políticos.
Entre los principales cambios, se habilita oficialmente la circunscripción en el extranjero para procesos internos partidarios y para la conformación de coaliciones políticas de la diáspora.
Asimismo, las modificaciones permiten que las coaliciones partidarias puedan establecerse a nivel nacional, departamental, municipal y también en el extranjero.
La normativa mantiene además la obligación de que las planillas legislativas incluyan al menos un 30 % de participación de mujeres, criterio que también será aplicado a las candidaturas correspondientes a la diáspora salvadoreña.
Cambios en la Ley del Sufragio en el Extranjero
Por otra parte, los diputados aprobaron reformas a la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, específicamente en los artículos 3, 4 y 5, con el propósito de definir cómo serán asignados los votos emitidos fuera del país.
La propuesta establece que los ciudadanos con DUI registrados en el extranjero ejercerán el sufragio en la circunscripción especial del exterior. Además, se incorporará automáticamente a quienes voten utilizando pasaporte, independientemente de si este se encuentra vigente o vencido.
En cambio, los connacionales que mantengan en su DUI domicilio en El Salvador continuarán votando en el departamento consignado en dicho documento.
Asignación de votos de la diáspora
Las reformas también detallan cómo serán distribuidos los votos en cada elección.
Para los comicios presidenciales, los votos emitidos desde el extranjero serán asignados a la circunscripción nacional.
Mientras que, en el caso de la elección de diputados a la Asamblea Legislativa, los salvadoreños cuyo DUI refleje residencia en el país donde viven asignarán su voto a la circunscripción en el extranjero. La misma disposición aplicará para quienes utilicen pasaporte como documento de identificación.
Por otro lado, si los miembros de la diáspora mantienen en su DUI una dirección en El Salvador, su voto será asignado al domicilio registrado en el documento.
DUI y pasaporte vencidos serán válidos
Otro de los cambios aprobados establece que no será requisito que el DUI o el pasaporte estén vigentes para ejercer el sufragio, sin importar si fueron emitidos dentro o fuera del territorio nacional.
El director ejecutivo del RNPN indicó que esta modificación busca otorgar “certeza jurídica” sobre la asignación del voto y evitar que los sufragios provenientes del exterior continúen concentrándose en una sola circunscripción, como anteriormente ocurría con San Salvador.
Salvadoreños en el exterior podrán optar a cargos públicos
Finalmente, la reforma al artículo 5 de la ley reconoce el derecho de los salvadoreños domiciliados en el extranjero a postularse a cargos de elección popular para elecciones presidenciales, legislativas y municipales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en las leyes electorales.
