Miércoles, 27 de enero del 2021
POR REDACCIÓN
SAN SALVADOR.- Una fuente judicial, que habló con reserva de identidad para evitar represalias en el Órgano Judicial, informó a este medio que los fiscales asignados al caso conocido públicamente como “Corruptela” interpusieron el día 08 de enero del presente año, Recurso de Apelación en contra de la decisión adoptada por la Jueza suplente del Juzgado 4º de instrucción de San Salvador, licenciada Lila Álvarez, quien de forma previa a la fecha que estaba fijada para realizar la Audiencia Preliminar se declaró incompetente en razón del territorio y decidió remitir la causa al Juzgado 2º de Instrucción de Santa Tecla.
Sin embargo, con el recurso interpuesto por Fiscalía, el Juzgado 4º de Instrucción de San Salvador, debe suspender el procedimiento de envío del expediente judicial y darle previamente trámite al recurso que deberá ser conocido por la Cámara 1ª de lo Penal de San Salvador, integrada por los Magistrados Guillermo Arévalo Domínguez y Martín Rogel Zepeda, lo que no permite que el nuevo Juez reciba la causa penal y le dé continuidad al proceso. La citada Cámara fue duramente criticada cuando tuvo a cargo el caso del Magistrado de Cámara de lo Civil, Eduardo Jaime Escalante Díaz, a quien le modificó la calificación del ilícito por el que se le acusaba, pasando del delito de Agresión Sexual en Menor e Incapaz a a falta denominada “Actos contarios a las Buenas Costumbres y al Decoro Público”, decisión que posteriormente fue revocada por la Sala de lo Penal.
El caso corruptela en breve.
Por “corruptela” se conoce por así haberlo designado el Ex Fiscal General Douglas Meléndez, durante su presentación en conferencia de prensa, fiel al esquema “mediático” que este acostumbraba, al expediente fiscal referencia 28-UIF-2016, que según la fuente judicial consultada, los mismos fiscales al momento de iniciar la acción penal manifestaron que tuvo su origen en dos “noticias criminis” consistentes la primera, en un informe remitido por la Superintendencia del Sistema Financiero al Fiscal General, detallando inobservancias en los controles internos por parte de Banco Promérica, S.A., sobre requerimientos contra el lavado de dinero y activos; y la segunda, en un informante “anónimo” señalando ante la Policía Nacional Civil, que el Ex fiscal general, Luis Martínez. Presuntamente usaba testaferros para mover operaciones financieras en Banco Promérica, S.A.
No obstante, en el curso de la investigación dirigida por el entonces Jefe de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la FGR, Jorge Orlando Cortez, se terminó por excluir del caso a Banco Promérica, S.A.; y en su lugar se montó una persecución penal fabricada sobre confesiones extrajudiciales que fueron obtenidas mediante coacción por los fiscales a cargo, quienes para ese fin constriñeron a propios colegas fiscales y empleados de la FGR a que aceptaran hechos que no habían cometido y que no constituían delitos bajo amenaza de su despido deshonroso de la institución y de ser procesados y encarcelados sino colaboraban. De esta manera el caso, se inicia contra 30 personas, entre las que se encuentran el Ex Fiscal General Luis Martínez; el Ex Presidente de la República, Mauricio Funes Cartagena; y los empresarios Enrique Rais y Aldo Parducci.
Cuestionados fiscales al frente del caso.
De acuerdo a la fuente judicial consultada, el Recurso de Apelación iba suscrito entre otros, por los fiscales Harold Iván Córdova Solís, Santos Inocente Segura y Sergio Manrique Paredes Blanco, los tres señalados y acusados por delitos de coacción y actos arbitrarios, por las acciones ejecutadas con el fin de lograr que los entrevistados aceptaran un criterio de oportunidad y brindase declaraciones manipuladas para fundar las acusaciones del caso.
De hecho, el 13 de diciembre de 2019, la fiscalía formuló Requerimiento Fiscal de Sobreseimiento Definitivo a favor de los tres fiscales mencionados y otros, por medio del cual el Juzgado 12º de Paz de San Salvador, confirmó su absolución del caso, medida que según la fuente “buscó sellar la posibilidad que en el futuro estos fiscales que actuaron bajo instrucción del Ex fiscal Douglas Meléndez y Ex Jefe UIF Jorge Cortez, fueran procesados por la obtención de confesiones sin la voluntad de los otorgantes y las utilizaran en el proceso para afectar a terceros”. A la fecha siguen sin ser procesados por tales conductas el Ex Jefe UIF, Jorge Cortez, Neftalí Abrego y los ex fiscales auxiliares Héctor Nahún Martínez y David Ramírez Guevara, algunos de estos señalados en resolución del Juez 12º de Paz, en el sentido que debían ser investigados. Quienes tuvieron una participación decisiva en la fabricación de las pruebas ilícitas para formular cargos contra los acusados en el caso “corruptela”
Para la fuente judicial es lamentable que dentro del caso “corruptela” que fue presentado como el combate de prácticas fiscales viciadas, lo que en la realidad existen son evidencias inconstestables contra los fiscales encargados de llevar adelante la causa penal, tales como: obtención e incorporación de prueba ilícita, especialmente confesiones extrajudiciales sin el consentimiento de los declarantes; uso de peritos traductores señalados en otros procesos penales de haberse beneficios de fondos ilegales en la gestión del Ex Presidente Elías Antonio Saca; ausencia de investigación sobre hechos que permitían constatar lo falso de las acusaciones; falta de justificación sobre las razones por las que se persiguieron ciertos hechos como supuestas dádivas al Ex Fiscal Martínez y no otras que involucraban “prominentes” empresarios; ausencia de razones por las que se excluyó a Banco Promérica, S.A. de la investigación y se vinculó al empresario Enrique Rais, que no aparecía originalmente en la misma.
Fiscales reclaman garantías que ellos mismos vulneraron.
La fuente consultada también detalló que los fiscales en su recurso de apelación invocan como principal argumento para exigir al Tribunal de Segunda Instancia, que el caso se continúe ante el Juzgado 4º de Instrucción de San Salvador, que solo así se cumple con la garantía de “Juez Natural”. Sin tomar en cuenta que esta situación que implica en esencia que todo acusado sea sometido a un proceso ante un juez previamente establecido en la ley, fue negada a los procesados desde un inicio, cuando el ex fiscal general Meléndez requirió a la Corte Plena, la colocación de “jueces a modo” para poder conducir los procesos penales a su antojo y evitar cuestionamientos sobre la legalidad y legitimidad de sus actuaciones.
Precisamente, a fecha 20 de septiembre de 2016, la Corte Pleno decidió devolver a la Jueza Nelly Edith Pozas Henríquez, al Juzgado 4º de Paz de San Salvador, quien posteriormente terminó practicando diligencias durante la etapa inicial de la investigación, consistentes en la toma de confesiones judiciales a dos testigos con criterio de oportunidad, uno de ellos el Ex Jefe UIF y unos meses después, el 18 de octubre de 2018 recibió el requerimiento fiscal con las acusaciones, sin excusarse de conocer, ni ser recusada por la fiscalía que al haber declarado “reserva” sobre tales declaraciones no pudieron ser cuestionadas por la defensa de los imputados; de manera que solo hasta época muy reciente se conocieron estos hechos, que dejaban totalmente señalada la falta de imparcialidad de la impartidora de justicia, quien por cierto basada en esa información que obtuvo previamente emitió órdenes de detención contra el empresario Enrique Rais, Luis Martínez, Aldo Parducci y Mauricio Funes.
También la Corte Plena, de acuerdo a la fuente y a documentación de Acta que nos mostró, en esa misma fecha removió al Juez propietario del Juzgado 4º de Instrucción de San Salvador, para nombrar en su lugar al licenciado Rigoberto Chicas, quien recibió el caso corruptela y luego fue trasladado a ocupar el cargo de Juez de Extinción de Dominio y actualmete es Magistrado de la Cámara de lo Penal de Santa Tecla. En su lugar se designó como jueza suplente a la licenciada Lila Álvarez, quien acaba de declararse incompetente para seguir conociendo el caso, después de dos años de trámite. Otro de los nombramientos que consta en la citada Acta de Corte, es el del licenciado Martín Rogel Zepeda como Magistrado de la Cámara 1ª de lo Penal, funcionario que también es Magistrado Suplente de la Cámara 2ª de lo Penal de San Salvador, propietario nombrado de la Cámara 3ª de lo Penal y Magistrado Suplente de la Sala de lo Constitucional.
De manera, que la fiscalía con su actuar está retrasando el diligenciamiento de la causa penal, para que llegue ante un juez que pueda estimar o no su competencia y realizar “pronta y cumplida justicia”; sobre todo porque a criterio de la fuente, el recurso interpuesto por los fiscales no cumple con los requisitos para ser admitido, lo que producirá su rechazo. Pero mientras eso sucede, podrán evitar que un juez honesto y apegado a derecho profundice en todas las irregularidades y anomalías que presenta el citado caso “corruptela”.
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